La compensación y sus cambios en la Miscelánea 2019

La compensación y sus cambios en la Miscelánea 2019

 

Compensación de cantidades a favor generadas hasta el 31 de diciembre de 2018
Regla 2.3.11. (antes Regla 2.3.19.)

 

Se elimina

En esta regla se elimina la obligación de presentar el  aviso de compensación, anteriormente mencionaba que la facilidad de aplicar la compensación de las cantidades a favor generadas hasta el 31 de Diciembre de 2018 contra adeudos propios de impuestos distintos, no les era aplicable el beneficio contenido en la regla 2.3.13. para quedar relevados de presentar el aviso.

 

Se adiciona

Para compensar saldos a favor de IVA contra un adeudo propio pero de impuesto distinto, entonces, se deberá presentar la DIOT, con anterioridad a la presentación de la declaración en la cual se efectúa la compensación.

 

Cumplimiento de la obligación de presentar aviso de compensación
Modificaciones a la Regla 2.3.13.

 

Los contribuyentes que presenten sus declaraciones a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos”, en las que les resulte saldo a cargo por adeudo propio y opten por pagarlo mediante compensación de saldos a favor correspondientes al mismo impuesto, presentados de igualmente a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos”, tendrán por cumplida la obligación de presentar el aviso de compensación y anexos.

 

Al aplicar la opción de la facilidad en la Regla 2.3.11. de compensar saldos a favor generados al 31 de Diciembre de 2018, contra adeudos propios de impuestos distintos, se deberá presentar el aviso de compensación, si bien esta regla ya no establece que se debe presentar el aviso, la regla 2.3.13. si establece que la facilidad de quedar relevados de presentar el aviso de compensación únicamente aplica en los casos de de compensación de saldos a favor contra saldos a cargo por adeudos propios del mismo impuesto.

 

Aviso de compensación de saldos a favor de IVA

Trámite 24/CFF del Anexo 1-A de la versión anticipada de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019

 

Se establece como condición en la ficha de trámite 24/CFF del Anexo 1-A de la versión anticipada de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, que este aviso de compensación es aplicable únicamente para compensar saldos a favor de IVA generados antes 31 de Enero de 2018.



 


 

 

 

 


 



Regla 2.3.11. 2018 Compensación de saldos a favor del IVA
Derogada

Se deroga la regla que establecía que los contribuyentes que opten por compensar las cantidades que tengan a su favor generadas al 31 de diciembre de 2018, contra las que estén obligados a pagar, podrán efectuar, inclusive, contra saldos a cargo del mismo periodo al que corresponda el saldo a favor, siempre que además de cumplir con los requisitos a que se refieren dichos preceptos, hayan manifestado el saldo a favor y presentado la DIOT, con anterioridad a la presentación de la declaración en la cual se efectúa la compensación.

 

Esto tomando en cuenta la cambios incorporados en la Regla 2.3.11. sobre la anticipación de la presentación de la DIOT al aviso de compensación.

 

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