¿Cómo impactan los cambios referentes a la contabilidad y emisión de CFDI?

¿Cómo impactan los cambios referentes a la contabilidad y emisión de CFDI?

 

El pasado 01 de Junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma al Código Fiscal de la Federación, en la que se modifican, adicionan y derogan diversas disposiciones. Dentro de esta reforma se efectuaron modificaciones a los Artículo 28 y 29 del Código, que se refieren a la integración de la contabilidad y la obligación de expedir comprobantes fiscales, así como al Artículo 83 que establece las infracciones con la obligación de llevar contabilidad.

 

Aunque estas modificaciones están dirigidas principalmente a que la autoridad pueda ejercer un control más eficaz sobre el cumplimiento de las disposiciones fiscales de los contribuyentes que participan en la cadena de valor de la industria petrolera, como son la fabricación, producción, procesamiento, transporte, almacenamiento, distribución y enajenación de hidrocarburos.

 

Se busca que la información derivada de estas operaciones sea verificable para fines fiscales y la autoridad cuente con elementos técnicos para sustentar sus determinaciones.

 

Pero también el alcance de las reformas efectuadas a los mencionados artículos del Código llega a todo el universo de contribuyentes que efectúan operaciones con el público en general y también hacía aquellas operaciones tengan un efecto fiscal pero no exista la obligación de emitir un CFDI.

 

De ahí surge la importancia de mencionar las reformas efectuadas en materia de contabilidad y comprobantes fiscales.

 

 

 

Cambios en la obligación de llevar la contabilidad

 


 

El Artículo 28 del Código Fiscal establece lo que integra la contabilidad para efectos fiscales, y con esta reforma su Fracción I se dividió en dos apartados, A y B, para definir en el primero la obligación general de integrar la contabilidad y el segundo para lo relativo a las nuevas obligaciones contables en materia de controles volumétricos.

 

 

 

Modificaciones en la obligación de expedición de comprobantes

 


 

El Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación establece los requisitos y obligaciones en lo que se refiere a la expedición de comprobantes fiscales y se presentó una modificación al párrafo cuarto, tambíen adicionando un quinto párrafo para agregar lo siguiente:

 

CFDI operaciones con público en general

Se establece la posibilidad de que el SAT a través de reglas de carácter general establezca las características de los comprobantes que amparen operaciones realizadas con el público en general.

 

Esto con el propósito de que los contribuyentes que que lleven a cabo una gran cantidad de operaciones al día, tengan una opción que les permita  un mejor control de las operaciones que realizan y a la autoridad contar con una fiscalización más eficaz de las operaciones..

 

 

 

Operaciones sin CFDI

Se agrega al mencionado Artículo que tratándose de actos o actividades que tengan efectos fiscales en los que no haya obligación de emitir CFDI, el SAT podrá, mediante reglas de carácter general, establecer las características de los documentos digitales que amparen dichas operaciones.

 

Esto para que exista el documento digital que permita un mejor control de la información tanto para el contribuyente como para la autoridad fiscal.

 

Infracciones

Se agregan como infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad, además de las ya establecidas, las siguientes:

 

  • No entregar o no poner a disposición la representación impresa de los comprobantes, cuando ésta le sea solicitada por sus clientes.

  • No expedir los CFDI que amparen las operaciones realizadas con el público en general, o bien, no ponerlos a disposición de las autoridades fiscales cuando éstas los requieran.

 

Esto en concordancia con la reforma al Artículo 29 del Código Fiscal, donde se tiene previsto establecer requisitos para el CFDI que ampare operaciones al público en general y un ticket electrónico.

 

Por otro lado se elimina la infracción relativa a no atender el requerimiento previsto en el Artículo 29 quinto párrafo del Código Fiscal, toda vez que no se prevé un requerimiento para proporcionar el archivo electrónico del CFDI.

 

 

 

Descarga aquí el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación

 

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