Ya es obligatoria contabilidad electrónica versión 1.3

 

A partir del 02 de octubre de 2017, la presentación de la contabilidad electrónica, es aceptada por la aplicación del sitio web del Servicio de Administración Tributaria solamente en su versión 1.3.

 

Recordando que con fecha 06 de enero de 2017 fue publicado en en Diario Oficial de la Federación el Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, así como el Anexo Técnico Contabilidad en medios electrónicos.

 

Entonces a partir del 07 de Enero de 2017 dio inicio la vigencia de la versión 1.3 de la contabilidad electrónica, pero con la facilidad de que la aplicación del sitio web del SAT, si aceptaba el envío de la contabilidad electrónica tanto en su versión 1.1 como en su versión 1.3.

 

Esto fue confirmado en la minuta de la Cuarta Reunión Bimestral de la Coordinación Nacional de Síndicos del Contribuyente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) con las autoridades del SAT celebrada el pasado jueves 13 de Julio de 2017, donde se presentó por parte del IMCP el planteamiento Número 21. Duda acerca del inicio de vigencia de obligatoriedad de versión 1.3, de contabilidad electrónica. para lo que el SAT presentó la siguiente respuesta:

 

“…Se han tenido reuniones con la AMEXIPAC (Asociación Mexicana de Proveedores Autorizados de Certificación) y AMITI (Asociación Mexicana de la Industria de Tecnologías de Información) de seguimiento respecto a las actualizaciones derivadas de lo anterior. La recepción de la información se puede realizar desde inicio de año con la versión 1.3, a la fecha se tiene considerado mantener la recepción de ambas versiones al 30 de Septiembre de 2017.”

 

Este es el único medio a través del cual el Sistema de Administración Tributaria dio a conocer el inicio de la obligatoriedad del envío de la contabilidad electrónica en su versión 1.3, ya que  a partir del pasado lunes 02 de octubre, señala dentro de la Validación de Documento Digital de contabilidad electrónica que la Versión 1.1 para el documento que se desea presentar ya no es vigente, por lo tanto es imposible realizar su envío y presentación para cumplir con la obligación de la contabilidad electrónica.