El pasado martes 10 de Octubre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, donde se modificó la Regla 2.7.1.28. respecto al concepto de unidad de medida a utilizar en los CFDI.
La modificación se efectuó en el segundo párrafo de la mencionada regla para establecer la obligación de registrar la unidad de medida con su respectiva clave contenida dentro del catálogo, permitiendo la opción en caso de no encontrarse la clave utilizada, señalar la clave que mas se acerque o asemeje.
El segundo párrafo de la regla 2.7.1.28 queda como se muestra a continuación:
«….Asimismo, se deberá registrar la unidad de medida que corresponda con la Clave Unidad del Catálogo “Clave Unidad” señalada en el Anexo 20, en caso de que no se encuentre la clave específica de la unidad de medida que se utilizó conforme a los usos mercantiles los contribuyentes podrán señalar la clave que más se acerque o se asemeje.»
Recordando que en el sitio web del Servicio de Administración Tributaria existe un buscador del catálogo de unidades de medida que mediante la descripción, ayuda a encontrar la clave y nombre de la unidad de medida, además de ofrecer en caso de no encontrar la unidad de medida, ayuda en línea o a través del correo electrónico.
Ingresa al buscador del catálogo de unidades de medida del SAT