Plazo al 29 de Febrero de 2020 para la correcta Emisión de CFDI de nómina del ejercicio 2019

Plazo al 29 de Febrero de 2020 para la correcta Emisión de CFDI de nómina del ejercicio 2019

 

Se actualiza la facilidad para la correcta emisión del CFDI por concepto nómina del ejercicio fiscal 2019, con la modificación a la Regla 2.7.5.7. de la Resolución MIscelánea Fiscal para 2020. 

 


 

 

¿En qué consiste la Regla 2.7.5.7.?



Para quienes

Contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2019 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión. 



Facilidad

Podrán por única ocasión corregir los comprobantes, generando de nuevo el CFDI.



Condiciones y requisitos

  1. El nuevo comprobante que se elabore, se emita a más tardar el 29 de febrero de 2020.  

  2. Cancelar los comprobantes que se están sustituyendo.

  3. El CFDI de nómina que se emita en atención a esta facilidad se considerará emitido en el ejercicio fiscal 2019 siempre y cuando refleje como “fecha de pago” el día correspondiente a 2019 en que se realizó el pago asociado al comprobante.

 

Pago de diferencias

La aplicación del beneficio contenido en la presente regla no libera a los contribuyentes de realizar el pago de la diferencia no cubierta con la actualización y recargos que en su caso procedan.

 

Consulta aquí la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020

 

HLB Obregón
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