Con la Reforma Fiscal del año de 2014 en diversas disposiciones dentro de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, se derogó la obligación de presentación de algunas declaraciones anuales informativas, las cuales se presentaban a través de los programas “Declaración Informativa Múltiple” (DIM) y “Declaración Informativa en Medios Magnéticos” (DIMM).
Pero a través de las Disposiciones de vigencia temporal de la Ley del Impuesto Sobre la Renta publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 11 de Diciembre de 2013, en la Fracción X del Artículo Noveno Transitorio, se estableció la obligación de cumplir con las siguientes declaraciones informativas y constancias de percepciones, a partir del 01 de Enero de 2014 hasta el 31 de Diciembre de 2016, es decir de carácter obligatorio todavía su envío hasta 2017.
Declaraciones informativas eliminadas
Informativa | Anexo DIM | |
De sueldos y salarios pagados, así como de conceptos asimilados | Anexo 1 Información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo. | |
Del subsidio para el empleo pagado a los trabajadores | Anexo 1 Información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo. | |
De las personas a quienes se les haya otorgado donativos | Anexo 3 Información de contribuyentes que otorguen donativos. | |
De pagos y retenciones del ISR, IVA o IEPS | Anexo 2 Información sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS. |
Para presentar la información de pagos y retenciones relativos a:
- Prestación de servicios profesionales
- Arrendamiento de bienes inmuebles
- Premios
- Dividendos o utilidades
- Arrendamiento en fideicomiso
De retenciones y pagos hechos a residentes en el extranjeroAnexo 4 Información sobre residentes en el extranjero.
Constancias derogadas
Constancia forma oficial | Nombre de la forma oficial | |
CRE | Constancias de pagos a residentes en el extranjero | |
37 | Constancia de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo | |
37-a | Constancia de pagos y retenciones | |
37-a | Constancia de fideicomisos que otorgan el uso o goce temporal de bienes inmuebles | |
37-a | Constancia de retención de pagos efectuados por arrendamiento de bienes inmuebles | |
37-a | Constancia de ingreso y de retención del impuesto por premios otorgados |
Con base en dicha Reforma Fiscal del año 2014 y las Disposiciones de Vigencia Temporal, una vez concluido el periodo de vigencia de la disposición transitoria, a partir del ejercicio de 2017 ya no es obligatorio cumplir con las mencionadas declaraciones informativas y constancias de percepciones, por lo que no se debe realizar el envío de la declaraciones anuales informativas a través de los programas Declaración Informativa Múltiple (DIM), en el año 2018 por el ejercicio correspondiente a 2017.
¿Que declaraciones informativas anuales permanecen?
Sin embargo, aún existe la obligación de presentación de las siguientes declaraciones informativas:
Declaraciones informativas vigentes
Informativa | Personas que deben presentarla
Disposición Legal |
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De operaciones de financiamiento del extranjero | Personas morales del Régimen General de Ley y del Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras, y físicas con actividades empresariales y profesionales que hayan recibido préstamos o financiamientos otorgados por residentes en el extranjero
Artículo 76 Fracción VI LISR |
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Operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero
Esta información se presentará conjuntamente con la declaración del ejercicio |
Personas morales y físicas con actividades empresariales y profesionales que realicen operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero
Artículo 76 Fracción X LISR |
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Operaciones de fideicomisos | Instituciones fiduciarias por los pagos mensuales y deducciones de las personas a las que les correspondan rendimientos.
Artículo 76 Fracción XIII LISR |
¿Que sucedió con la obligación de la presentación la declaración informativa de clientes y proveedores?
La obligación de presentación de la declaración informativa de clientes y proveedores finalizó con anterioridad, a principios de 2016 el Servicio de Administración Tributaria emitió un comunicado mencionando que gracias a la información obtenida de las facturas y a la contabilidad electrónica, la autoridad fiscal exime al contribuyente de la presentación de la Declaración Anual de Clientes y Proveedores correspondiente al ejercicio de 2015. Argumentando la política del SAT de no requerir al contribuyente, información o documentos que ya obran en su bases de datos.
Lo anterior es manifestado a través de la Regla 2.8.4.3. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 donde se establece que los contribuyentes no estarán obligados a presentar la información de las operaciones efectuadas con los clientes y proveedores correspondiente a los ejercicios fiscales 2015 y 2016.
Además si el contribuyente hubiera presentado la DIOT, por todos los meses del ejercicio de que se trate, tampoco será obligatorio presentar la declaración de clientes y proveedores.