Declaraciones prellenadas sustituyen a cartas invitación

Derivado de la publicación de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 el pasado 10 de Octubre, se modificó la Regla 2.8.5.5. Propuesta de pago con base en los CFDI que obran en poder de la autoridad. Hay que recordar que el 05 de Junio de 2016 se adicionó a la Resolución Miscelánea Fiscal la mencionada regla, la cual contemplaba la emisión de «cartas invitación con propuestas de pago». En esta nueva publicación se cambia a «propuestas de pago o bien declaraciones prellenadas».

 

Ahora bien, ¿En que consiste la Regla Propuesta de pago con base en los CFDI que obran en poder de la autoridad?

 

Para efectos de pagos provisionales y declaraciones anuales del Impuesto Sobre la Rentas, tanto de personas físicas como de personas morales el SAT podrá emitir propuestas de pago, o bien declaraciones prellenadas con base en la información contenida en los CFDI.

 

Para pagos provisionales vencidos, el SAT enviará la propuesta o declaración prellenada del monto a pagar de ISR más actualización y recargos, considerados desde la fecha de vencimiento y hasta la fecha de emisión de la propuesta o declaración prellenada, estas contendrán su respectiva linea de captura para pago, así como una vigencia.

 

¿Cómo se determina el importe de esta propuesta?

 

Se considera el ingreso percibido con base en el monto reflejado como subtotal en la factura electrónica del periodo vencido, sin considerar deducciones.

 

Cuando el contribuyente realice el pago por el monto señalado en la propuesta, entonces se tendrá por presentado el pago provisional, y se entenderá que el contribuyente se autodetermina el ISR omitido.

 

Si el contribuyente no esta de acuerdo con el monto propuesto por la autoridad, puede presentar la declaración del pago provisional por su cuenta.

 

Funciona en los mismos términos para el supuesto del ISR del ejercicio, con la diferencia de que puede realizarse en una sola exhibición o en seis parcialidades mensuales y sucesivas.

 

En caso de pago en parcialidades se considera como primera parcialidad el 20% del monto, más actualización y recargos, y el resto se cubrirá en 5 parcialidades más, en caso de que no se pague alguna parcialidad dentro de cada uno de los cinco meses, se deberán pagar recargos por la falta de pago oportuno.

 

Estas propuestas y declaraciones prellenadas son consideradas por la autoridad como una invitación, y son elaboradas por el SAT cuando detecte que los contribuyentes son omisos en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de ISR, o con base en la información que obra en sus bases de datos sobre la facturación electrónica cuando identifique que:

 

  1. Obtuvieron ingresos en el periodo vencido.
  2. Declaran ingresos en cero.
  3. Los ingresos declarados en el periodo vencido no corresponden a la información que existe de la factura electrónica.

 

Se menciona que no obstante lo establecido en esta regla, las autoridades fiscales pueden ejercer sus facultades de comprobación.